ANEXO A
“SPOTME NOW”
Este Anexo A forma parte integral de los Términos y Condiciones de SpotMe y regula el modelo operativo denominado “SpotMe Now”.
El presente Anexo constituye el régimen general aplicable a todos los Espacios publicados en el Sitio, con independencia del Precio mensual individual del Espacio o de la suma de Precios derivados de una o varias operaciones celebradas entre los Usuarios, salvo que el Anfitrión solicite expresamente su sujeción al modelo “SpotMe Pro” conforme al Anexo B y se actualicen los supuestos objetivos ahí previstos, o bien se trate de Espacios regulados exclusivamente por el Anexo C “SpotMe Leads Gen”.
En consecuencia, todos los Espacios se considerarán, por defecto, como “Espacios con Gestión Automatizada” y se regirán por el presente Anexo A mientras no proceda su incorporación a otro modelo conforme a los Términos y Condiciones.
La actualización del Precio mensual de un Espacio, el incremento del número de Espacios contratados por un mismo Depositante o cualquier modificación económica posterior no implicará, por sí misma, la migración automática del Espacio al modelo SpotMe Pro. En consecuencia, el Espacio continuará sujeto al presente Anexo A mientras no se presente la solicitud correspondiente conforme a la Sección 6 de los Términos y Condiciones y se cumplan los requisitos objetivos aplicables al modelo solicitado, incluyendo, en su caso, la aceptación expresa del Depositante involucrado cuando resulte necesario para la correcta implementación del cambio de modalidad.
1. Anuncio del Espacio.
El Sitio ofrece herramientas que le permitirán al Anfitrión publicar un Anuncio. Para la creación de un Anuncio el Anfitrión debe proporcionar información del Espacio que desea anunciar, para lo cual el Sitio le realizará una serie de preguntas incluyendo, sin limitar, la ubicación, capacidad, tamaño, características y disponibilidad del Espacio, así como el Precio (antes del IVA), requisitos, restricciones y demás condiciones aplicables para el autoalmacenaje o figura a celebrarse. El Anfitrión solo podrá anunciar Espacios que tengan una dirección física válida y localizable. Los Anuncios se pondrán a disposición del público a través del Sitio.
El Anuncio debe incluir contenido e información veraz, exacta y completa, comprometiéndose el Anfitrión a mantener actualizados y completos todos los datos. Toda modificación debe ser inmediatamente comunicada al Sitio para su respectiva actualización. El Anfitrión reconoce que cualquier información falsa, inexacta o incompleta podrá generar responsabilidades frente a terceros y frente a SpotMe, incluyendo la procedencia de retenciones, ajustes, reembolsos o desactivación del Anuncio o de la Cuenta SpotMe.
Con fines de protección y para ofrecer un mejor Servicio a través del Sitio, todo Anuncio estará sujeto a verificación por parte de SpotMe antes de que sea publicado en el Sitio. La verificación del Anuncio tiene como propósito detectar cualquier incumplimiento a los Términos y Condiciones y al presente Anexo. Cada Anuncio estará sujeto a una nueva verificación en algún momento. Según los resultados de la verificación, el Anuncio se rechaza o se autoriza para su publicación en el Sitio. En caso de rechazo, SpotMe le informará los motivos del mismo para que, en su caso, puedan ser subsanados por el Anfitrión. La verificación de un Anuncio por parte de SpotMe no constituye ningún tipo de respaldo, certificación o garantía por parte de SpotMe respecto a la veracidad, exactitud y contenido del Anuncio. Por lo tanto, le sugerimos al Depositante que emplee siempre su sentido común y toda su atención a la hora de decidir realizar una Solicitud de Autoalmacenaje. SpotMe no se hace responsable de ningún daño o perjuicio que resulte por la falta de veracidad, exactitud y contenido del Anuncio. SpotMe podrá realizar verificaciones adicionales de seguridad, prevención de fraude o cumplimiento normativo, sin que exista obligación de hacerlo en todos los casos.
El Anfitrión reconoce y acepta que será el único y exclusivo responsable del contenido de sus datos, de la información y estado del Espacio y de sus Anuncios incluyendo, sin limitar, del Precio y de los requisitos, de las restricciones y demás condiciones para el autoalmacenaje o figura a celebrarse, siendo legalmente responsable de sus actos u omisiones. SpotMe no se hace responsable de la veracidad y exactitud de la información y contenido proporcionado por el Anfitrión en el Sitio, SpotMe únicamente podrá brindar recomendaciones y cualquier decisión final será del Anfitrión. SpotMe no es responsable y renuncia a cualquier responsabilidad derivada del contenido de cualquier Anuncio o de la idoneidad de cualquier Espacio incluyendo, sin limitar, cualquier permiso, autorización y licencia que pueda resultar necesario conforme a la legislación mexicana para el autoalmacenaje o figura a celebrarse, así como del cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables para el Anfitrión. Lo anterior incluye, sin limitar, el cumplimiento de obligaciones fiscales, administrativas, de protección civil, de seguridad, y cualesquiera otras aplicables al inmueble y/o al Espacio.
Por el solo hecho de publicar un Anuncio en el Sitio, el Anfitrión declara y garantiza que: (i) el Espacio cuenta con una dirección física válida y localizable, y está disponible para el autoalmacenaje o figura a celebrarse, de forma inmediata; (ii) el Espacio se encuentra libre de todo gravamen, adeudo, problema o limitación que pueda impedir al Anfitrión otorgar el autoalmacenaje o figura a celebrarse; (iii) es legítimo propietario del Espacio o tiene facultad para utilizarlo para el autoalmacenaje o figura a celebrarse, ya sea en virtud de autorización del propietario o por disposición de la ley; (iv) cuenta con todos los permisos, autorizaciones y licencias que, en su caso, puedan resultar necesarios conforme a la legislación mexicana para el autoalmacenaje o figura a celebrarse; y (v) cumplirá con todas las leyes y reglamentos aplicables, así como requisitos y obligaciones fiscales correspondientes a cualquier Espacio publicado en un Anuncio. Asimismo, declara que el Espacio no se encuentra sujeto a medidas que impidan su uso o entrega al Depositante (por ejemplo, aseguramientos, inmovilizaciones, clausuras o restricciones de autoridad).
SpotMe podrá en cualquier momento, a su sola discreción, y sin previo aviso o autorización por parte del Anfitrión, desaprobar, desactivar o eliminar cualquier Anuncio cuando considere que (i) contraviene los Términos y Condiciones y este Anexo; (ii) viola cualquier ley o reglamento aplicable; o (iii) de otra manera resulta perjudicial para el Sitio. Dicha facultad podrá ejercerse también cuando existan indicios razonables de riesgo de fraude, suplantación de identidad o actividades ilícitas. Para tal efecto, el Usuario debe notificar inmediatamente a SpotMe enviando un correo electrónico a contacto@spotme.mx si sospecha o tiene conocimiento de que el contenido y la información de algún Anuncio no resulta veraz, exacta y/o completa o de cualquier forma contraviene los Términos y Condiciones y/o el presente Anexo.
Al momento de publicar un Anuncio, el Anfitrión podrá optar por incluir ciertos requisitos y restricciones para el Depositante, incluyendo sin limitar, la frecuencia, los días de la semana y los horarios para acceder al Espacio, así como la necesidad de aviso previo antes de cada visita al Espacio. Cualquier Depositante que desee solicitar un Espacio para autoalmacenaje u otra figura a celebrarse deberá cumplir con dichos requisitos y restricciones, así como los apoderados, empleados, invitados, familiares u otras terceras personas relacionadas con el Depositante que puedan tener acceso al Espacio. El incumplimiento de dichos requisitos y restricciones puede resultar, sin limitación, en que el Depositante sea declarado en incumplimiento conforme a los Términos y Condiciones y este Anexo.
SpotMe podrá, a su sola discreción y en función de las características y el Precio del Espacio, habilitar la opción para que el Anfitrión establezca como requisito, dentro de su Anuncio, el pago de un Depósito en Garantía a cargo del Depositante (el “Depósito en Garantía”). El propósito del Depósito en Garantía es garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Depositante en relación con el pago de la Contraprestación, así como el uso adecuado del Espacio y su correcta conservación.
El Depósito en Garantía no constituye una Contraprestación por el uso del Espacio, es independiente del pago periódico y no forma parte de los Recursos. El Depósito en Garantía deberá ser abonado antes de la Fecha de Inicio y no se considerará como un pago anticipado ni un adelanto de la Contraprestación. Además, el Depósito en Garantía no generará interés o rendimiento alguno a favor del Depositante.
El Depósito en Garantía podrá ser procesado a través del Sitio mediante el proveedor de pagos aplicable y será entregado al Anfitrión. SpotMe no cobra Tarifa de Servicios sobre el Depósito en Garantía.
No obstante lo anterior, el Depósito en Garantía estará sujeto al cobro de la Tarifa de Procesamiento correspondiente al uso del proveedor de pagos, la cual será adicionada al monto del Depósito en Garantía y cubierta por el Depositante al momento de realizar el pago.
Para efectos operativos, el monto del Depósito en Garantía establecido por el Anfitrión se entenderá como un monto neto a recibir por éste, por lo que cualquier Tarifa de Procesamiento será trasladada al Depositante sin afectar dicho monto.
El Depositante autoriza expresamente al Anfitrión para que, en caso de existir saldos pendientes bajo los Términos y Condiciones, este Anexo o el contrato privado celebrado entre Anfitrión y Depositante, aplique el Depósito en Garantía total o parcialmente para cubrir dichos adeudos, incluyendo cualquier cargo por concepto de limpieza, daños al Espacio no reparados al momento de la desocupación, penalizaciones o deudas por Contraprestación.
Aun cuando el Depósito en Garantía sea aplicado total o parcialmente para cubrir Contraprestación u otros conceptos, dicho movimiento no generará obligación adicional de pago por concepto de Tarifa de Servicios, ni dará lugar a un nuevo cobro de Tarifa de Procesamiento, al tratarse de recursos previamente procesados al momento de su constitución como garantía.
SpotMe no administra ni custodia el Depósito en Garantía y no asume obligaciones de devolución, reintegro, retención o compensación del Depósito en Garantía entre Usuarios. El Anfitrión será el único responsable de aplicar total o parcialmente el Depósito en Garantía conforme a este apartado y, en su caso, de devolver el saldo correspondiente.
El Anfitrión se compromete a devolver al Depositante el saldo del Depósito en Garantía que, en su caso, resulte a favor de éste, dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la desocupación y entrega del Espacio, una vez verificado el estado del Espacio y el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. La devolución se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria que el Depositante indique por escrito al Anfitrión, siempre que dicha cuenta esté a nombre del Depositante.
Las reglas de devolución proporcional previstas para la Contraprestación no aplican al Depósito en Garantía, cuyo tratamiento se rige exclusivamente por su naturaleza y por lo establecido en este apartado.
Para efectos fiscales, el Depósito en Garantía no deberá facturarse mientras conserve dicha naturaleza; en caso de aplicarse y convertirse total o parcialmente en ingreso, su tratamiento fiscal deberá ser determinado por el Anfitrión con su asesor fiscal o contador, bajo su exclusiva responsabilidad.
En caso de que la información del Espacio contenida en el Anuncio no resulte veraz, exacta o completa, SpotMe podrá, a su entera discreción (i) determinar si el Depositante tiene derecho a un reembolso; (ii) negarse a pagar al Anfitrión el importe pagado por el Depositante; (iii) retener y cargar los pagos actuales o futuros al Anfitrión; y/o (iv) tomar acciones legales en contra del Anfitrión por la violación a los Términos y Condiciones y este Anexo. Si el Depositante considera que el Espacio no coincide con la descripción del Anuncio, podrá negarse a tomar el Espacio para el autoalmacenaje o figura a celebrarse. Sin embargo, una vez que el Depositante deposite los bienes en el Espacio, el Depositante manifiesta su conformidad con que la descripción del Anuncio es veraz, exacta y completa y, por tanto, confirma la aceptación de su Solicitud de Autoalmacenaje.
Por lo anterior, en caso de que SpotMe determine que la información del Espacio contenida en el Anuncio no resulta veraz, exacta o completa y que, por tal motivo, el Depositante se negó a tomar el Espacio, entonces el Depositante tendrá derecho a recibir un reembolso equivalente al 100% (cien por ciento) de la Contraprestación pagada menos el costo de la tarifa que resulte por el procesamiento del pago. SpotMe podrá también, cuando resulte procedente, retener o ajustar la Tarifa de Servicios y/o revertir transferencias al Anfitrión en la medida permitida por el proveedor de pagos, para ejecutar operativamente el reembolso.
El Anfitrión reconoce y acepta que es responsable de los actos u omisiones propios o de cualquier persona que resida o esté presente en el Espacio a petición o invitación suya, excluyendo al Depositante y a los apoderados, empleados, invitados, familiares u otras terceras personas relacionadas con el Depositante que puedan tener acceso al Espacio. El Anfitrión se compromete a garantizar la seguridad requerida en el Espacio, como puede ser, sin limitar, instalando y asegurando el mantenimiento de puertas, cerraduras, candados y cámaras de videovigilancia, con el propósito de brindar la protección y el resguardo de los bienes de cualquier daño o robo.
El Anfitrión entiende y acepta que es el único responsable de determinar y pagar cualquier contribución fiscal (incluyendo los impuestos) que puedan resultar a su cargo por el uso de los Servicios que ofrece el Sitio, y como resultado de los pagos que reciba como Anfitrión. SpotMe (i) no es responsable de determinar, recaudar o pagar dichas contribuciones fiscales; (ii) no tiene una responsabilidad solidaria frente a las autoridades tributarias por el incumplimiento en la determinación y pago de las contribuciones fiscales a cargo del Anfitrión; y (iii) no asesora sobre cuestiones de carácter fiscal, por lo que corresponde exclusivamente al Anfitrión obtener un debido asesoramiento en la materia.
El Anfitrión se obliga a (i) no promocionar, comprometer o negociar el autoalmacenaje o figura a celebrarse de algún Espacio por fuera del Sitio; (ii) no exigir o insinuar al Depositante el pago directamente de la Contraprestación o cualquier otro concepto descrito en los Términos y Condiciones y este Anexo; y (iii) no aceptar nunca pagos realizados directamente por el Depositante con cheque, efectivo o cualquier otro método de pago que no sea a través del Sitio. Si el Anfitrión viola alguna de estas prohibiciones, SpotMe podrá desactivar o eliminar su Cuenta SpotMe, y el Anfitrión será responsable de las tarifas aplicables que tenga derecho a cobrar SpotMe debiendo, adicionalmente, pagar a SpotMe una pena convencional equivalente al 100% (cien por ciento) del monto de las tarifas aplicables que tenga derecho a cobrar SpotMe y que no hayan sido cobradas por recurrirse a un método de pago distinto al Sitio. SpotMe podrá cobrar las tarifas aplicables y la pena convencional deduciéndolas de las cantidades que tenga derecho a cobrar el Anfitrión a través del Sitio, con independencia de que SpotMe ejerza las acciones legales a que haya lugar. Estas medidas se aplicarán sin perjuicio de cualesquiera retenciones, contracargos, ajustes o reembolsos que deban ejecutarse operativamente conforme a este Anexo A.
2. Búsqueda y Solicitud de Autoalmacenaje.
El Sitio ofrece herramientas que le facilitarán al Depositante la búsqueda de Espacios, utilizando criterios como el tipo, características y ubicación de los Espacios.
En caso de que el Depositante, en los términos y sujeto a las condiciones previstas en el Anuncio incluyendo, sin limitar, los requisitos y restricciones para el uso del Espacio, esté interesado en tomar algún Espacio para el autoalmacenaje u otra figura a celebrarse, podrá realizar una Solicitud de Autoalmacenaje, para lo cual el Sitio solicitará al Depositante información como puede ser, sin limitar, la descripción y las fotografías de los bienes que serán objeto de autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo otra figura a celebrarse, los motivos por los que ocupa el Espacio, así como la fecha de inicio y el tiempo estimado de ocupación del Espacio.
Con la Solicitud de Autoalmacenaje, el Depositante manifiesta que:
(i) acepta las características y disponibilidad del Espacio, así como el Precio, requisitos, restricciones y demás condiciones para el autoalmacenaje u otra figura a celebrarse, establecidas por el Anfitrión;
(ii) actúa en nombre y por cuenta propia, y no asume ningún derecho ni obligación a nombre ni por cuenta de terceros, siendo el Depositante la única persona beneficiada del autoalmacenaje o figura a celebrarse;
(iii) es el propietario legítimo de los bienes objeto de autoalmacenaje o que serán ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse, o cuenta con derecho legal suficiente para disponer de los mismos;
(iv) los bienes que serán almacenados son de procedencia lícita, no derivan de actividades ilícitas ni se encuentran vinculados con la comisión de delitos, y su almacenamiento no contraviene disposición legal alguna;
(v) los bienes no se encuentran sujetos a embargo, aseguramiento, decomiso, litigio, medida cautelar, investigación penal o procedimiento administrativo que pueda afectar su posesión, uso o disposición;
(vi) el uso del Espacio se limitará estrictamente al autoalmacenaje de bienes de procedencia lícita, absteniéndose de destinarlo a actividades prohibidas por la ley o distintas a las permitidas en los Términos y Condiciones y en este Anexo; y
(vii) asume plenamente las consecuencias legales, administrativas y patrimoniales que pudieran derivarse del almacenamiento de bienes ilícitos o vinculados con conductas prohibidas, liberando a SpotMe de cualquier responsabilidad derivada de actos u omisiones atribuibles al propio Depositante.
El Depositante reconoce que la información proporcionada en la Solicitud de Autoalmacenaje deberá ser veraz, exacta y completa. En caso de que se detecte información falsa, incompleta o engañosa respecto de los bienes o su naturaleza, SpotMe podrá cancelar la Solicitud de Autoalmacenaje, suspender o eliminar la Cuenta SpotMe del Depositante y adoptar las medidas previstas en los Términos y Condiciones, sin responsabilidad alguna frente al Depositante.
Asimismo, el Depositante reconoce que la aceptación de una Solicitud de Autoalmacenaje no implica verificación material del contenido, naturaleza, estado o licitud de los bienes por parte de SpotMe, ni constituye garantía alguna respecto de la legalidad del uso que el Depositante dará al Espacio.
SpotMe no asume obligación de inspeccionar físicamente los bienes, verificar su procedencia ni monitorear el uso efectivo del Espacio, por lo que cualquier consecuencia derivada del almacenamiento de bienes prohibidos, ilícitos o sujetos a restricciones legales será exclusiva responsabilidad del Depositante.
3. Confirmación o rechazo de Solicitudes de Autoalmacenaje.
Cuando se realiza una Solicitud de Autoalmacenaje por medio del Sitio, SpotMe compartirá al Anfitrión: (i) el nombre completo del Depositante; (ii) la descripción de los bienes objeto de autoalmacenaje o que serán ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse; (iii) la fecha de inicio del autoalmacenaje o figura a celebrarse (la “Fecha de Inicio”); y (iv) un enlace a la página de perfil de la Cuenta SpotMe del Depositante.
Una vez que el Anfitrión reciba un aviso de Solicitud de Autoalmacenaje a través del Sitio, contará con un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas para su confirmación o rechazo. Si el Anfitrión no confirma o rechaza la Solicitud de Autoalmacenaje dentro del plazo indicado, la misma se rechazará automáticamente.
Al confirmar una Solicitud de Autoalmacenaje, la dirección del Espacio será compartida con el Depositante, y SpotMe enviará un correo electrónico, mensaje de texto, aviso o mensaje colocado en el Sitio confirmando el autoalmacenaje o figura a celebrarse. Es responsabilidad exclusiva del Anfitrión respetar el Anuncio, incluyendo la disponibilidad del Espacio.
La confirmación de una Solicitud de Autoalmacenaje por parte del Anfitrión y la notificación correspondiente emitida por SpotMe no constituyen validación, certificación ni verificación alguna por parte de SpotMe respecto de la identidad del Depositante, la naturaleza, licitud, estado o contenido de los bienes, ni respecto del cumplimiento normativo aplicable al uso del Espacio.
SpotMe no asume obligación de inspeccionar los bienes, supervisar el uso del Espacio, verificar la veracidad de la información proporcionada por los Usuarios ni garantizar la ejecución o cumplimiento del autoalmacenaje o figura a celebrarse entre el Anfitrión y el Depositante.
Sin perjuicio de lo anterior, SpotMe podrá, antes o después de la confirmación, suspender, cancelar o bloquear una Solicitud de Autoalmacenaje cuando existan indicios razonables de riesgo, fraude, suplantación de identidad, uso indebido del Sitio, posible actividad ilícita o incumplimiento de los Términos y Condiciones o del presente Anexo, sin que ello genere responsabilidad frente a los Usuarios.
En caso de que la cancelación derive de conductas atribuibles al Depositante o al Anfitrión, SpotMe podrá aplicar las medidas previstas en estos Términos y Condiciones, incluyendo retenciones, ajustes, desactivación de Cuenta SpotMe o reporte a autoridades competentes cuando resulte legalmente procedente.
La relación jurídica derivada del autoalmacenaje o figura a celebrarse se entenderá constituida exclusivamente entre el Anfitrión y el Depositante, sin que SpotMe adquiera la calidad de parte, garante, fiador, depositario, asegurador o responsable solidario bajo ninguna circunstancia.
4. Vigencia del Autoalmacenaje.
El autoalmacenaje o figura a celebrarse tendrá una vigencia por tiempo indefinido, iniciando a partir de la Fecha de Inicio pactada, y permanecerá vigente hasta en tanto cualquiera de las partes ejerza válidamente la Cancelación conforme al apartado siguiente o se actualice una causa de rescisión en términos del presente Anexo.
Sin perjuicio de lo anterior, la Contraprestación por el uso del Espacio se causará y pagará por periodos mensuales adelantados, conforme a lo previsto en el presente Anexo.
El autoalmacenaje o figura a celebrarse constituye un acuerdo de naturaleza temporal que no genera derechos reales, posesión jurídica plena ni expectativa de permanencia indefinida sobre el inmueble a favor del Depositante.
El Depositante y el Anfitrión podrán acordar un plazo forzoso de permanencia, durante el cual se obligan a mantener vigente el autoalmacenaje o figura a celebrarse.
En este caso, el Anfitrión podrá ofrecer un descuento basado en la duración del plazo forzoso, el cual se reflejará en el Precio del Espacio durante dicho periodo. Este descuento será aplicable únicamente durante la vigencia del plazo forzoso.
Durante el plazo forzoso, ninguna de las partes podrá ejercer la Cancelación, salvo por Causa de Rescisión conforme al presente Anexo.
Concluido el plazo forzoso, la relación continuará bajo el esquema de vigencia por tiempo indefinido, aplicando el régimen de cancelación previsto en el apartado siguiente.
La permanencia de bienes en el Espacio con posterioridad a la terminación de la relación no implicará renovación tácita ni consentimiento del Anfitrión, aplicando en su caso lo dispuesto en el apartado identificado como “Desocupación del Espacio” del presente Anexo.
5. Cancelación.
El Anfitrión o el Depositante podrán cancelar el autoalmacenaje o figura a celebrarse a través de la función disponible en el Sitio, con lo cual se entenderá dado el aviso por escrito a la otra parte y a SpotMe notificando su deseo de cancelación (la “Cancelación”).
La Cancelación únicamente será válida si se realiza a través de la funcionalidad habilitada en el Sitio. Comunicaciones realizadas por medios distintos no surtirán efectos operativos ni legales para efectos de registrar la terminación de la operación.
Cuando la Cancelación sea realizada por el Anfitrión, ésta deberá efectuarse con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha efectiva de terminación.
Salvo en caso de cancelación dentro de las primeras 24 horas a que se refiere la sección 5.1. siguiente, cuando la Cancelación sea realizada por el Depositante, ésta deberá efectuarse con al menos 3 (tres) días naturales de anticipación a la fecha efectiva de terminación.
Una vez presentada la Cancelación, la relación continuará vigente hasta la fecha efectiva de terminación conforme al plazo de aviso aplicable, durante la cual el Depositante podrá continuar utilizando el Espacio y deberá cumplir con las obligaciones de pago correspondientes.
5.1 Cancelación dentro de las primeras 24 horas.
Cuando el Depositante cancele dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a la confirmación de la Solicitud de Autoalmacenaje, siempre que no haya ocupado el Espacio, se aplicará lo siguiente:
(i) el Depositante tendrá derecho a un reembolso equivalente al 100% (cien por ciento) de la Contraprestación pagada, menos la Tarifa de Procesamiento efectivamente cobrada por el proveedor de pagos;
(ii) SpotMe reintegrará al Anfitrión el 100% (cien por ciento) de la Tarifa de Servicios efectivamente cobrada respecto del pago cancelado; y
(iii) el Anfitrión será responsable de devolver al Depositante la totalidad de los Recursos efectivamente recibidos, así como el monto de Tarifa de Servicios reintegrado por SpotMe conforme al inciso anterior.
La Tarifa de Procesamiento no será reembolsable, al corresponder a un servicio tecnológico efectivamente prestado por el proveedor de pagos.
5.2 Cancelación con operación activa (mes iniciado) y reembolso proporcional.
Cuando exista una operación activa y cualquiera de las partes ejerza la Cancelación una vez iniciado un periodo mensual ya pagado por adelantado, el Depositante tendrá derecho a un reembolso equivalente al monto proporcional correspondiente a los días naturales no ocupados, calculado desde la fecha efectiva de terminación y desocupación del Espacio hasta el último día del mes efectivamente pagado por adelantado.
El reembolso proporcional incluirá:
(i) el proporcional de los Recursos del Anfitrión correspondiente a los días naturales no ocupados; y
(ii) el proporcional de la Tarifa de Servicios correspondiente al mismo periodo no ocupado.
El reembolso proporcional no incluirá devolución alguna de la Tarifa de Procesamiento.
Cuando la Cancelación sea notificada con anterioridad al inicio de un nuevo periodo mensual y permita determinar de forma anticipada que la ocupación efectiva será por un periodo menor a dicho mes, la facturación podrá ajustarse conforme a lo previsto en la Sección 7.2 del presente Anexo, sin que resulte aplicable la facturación por mes completo ni la generación de reembolsos posteriores por días no ocupados.
5.3 Mecánica operativa y fiscal de la devolución.
En los supuestos previstos en las Secciones 5.1 y 5.2:
(i) SpotMe realizará el cálculo de los montos a devolver (incluyendo proporcionales) y lo comunicará al Anfitrión;
(ii) SpotMe reintegrará al Anfitrión el monto total o proporcional de la Tarifa de Servicios que corresponda;
(iii) El Anfitrión será el único responsable de: (a) devolver al Depositante el monto total o proporcional de los Recursos efectivamente recibidos, así como el monto total o proporcional de la Tarifa de Servicios reintegrado por SpotMe; (b) emitir el CFDI de egreso (nota de crédito) correspondiente dentro del mismo mes calendario en que se haya realizado la cancelación; y (c) cargar en el Sitio tanto el CFDI de egreso correspondiente como el comprobante bancario que acredite la devolución efectiva realizada al Depositante, en términos de la Sección 7.4 del presente Anexo;
(iv) SpotMe emitirá el CFDI de egreso (nota de crédito) correspondiente a favor del Anfitrión por la Tarifa de Servicios devuelta.
El reembolso al Depositante deberá efectuarse dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha efectiva de desocupación y entrega del Espacio.
SpotMe no realiza devoluciones en nombre del Anfitrión ni custodia recursos para tales efectos.
5.4 Limitaciones operativas.
Para efectos operativos, SpotMe ejecutará únicamente los reintegros de Tarifa de Servicios al Anfitrión y, en su caso, las reversas o ajustes que resulten posibles conforme a las reglas del proveedor de procesamiento de pagos.
Las Tarifa por Procesamiento no son reembolsables en la medida en las operaciones hayan sido efectivamente procesadas por la pasarela de pagos.
5.5 Reembolsos, Incumplimiento del Anfitrión y Facultad de Retención y Aplicación de Recursos por SpotMe.
El Anfitrión reconoce y acepta que, en caso de que esté obligado a realizar cualquier reembolso a favor del Depositante conforme a los presentes Términos y Condiciones y este Anexo, deberá efectuar dicho reembolso dentro del plazo de 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha en que resulte exigible.
El Anfitrión se obliga a emitir el CFDI de egreso (nota de crédito) correspondiente dentro del mismo mes calendario en que se determine el reembolso, independientemente de la fecha efectiva en que se realice la devolución de los recursos.
En caso de que el Anfitrión no realice el reembolso dentro de dicho plazo, el Anfitrión autoriza expresamente a SpotMe, de manera irrevocable, para retener las cantidades correspondientes al monto del reembolso de cualesquier saldos, recursos, pagos pendientes de transferencia o cantidades que el Anfitrión tenga derecho a recibir derivadas de otras operaciones activas dentro del Sitio, y aplicar dichas cantidades a favor del Depositante mediante los mecanismos del proveedor de pagos, en la medida operativamente posible, sin que ello implique que SpotMe asuma obligación directa de pago frente al Depositante y liberando a SpotMe de cualquier responsabilidad derivada de la ejecución de dicha facultad. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las facultades generales de compensación previstas en la Sección 6 del presente Anexo. En todos los casos, la obligación de pago frente al Depositante subsistirá a cargo del Anfitrión, y la intervención de SpotMe tendrá carácter exclusivamente operativo y de facilitación tecnológica.
La aplicación de recursos por parte de SpotMe conforme a este apartado no modificará la naturaleza fiscal de la operación original, por lo que el Anfitrión seguirá siendo responsable del correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales, incluyendo la emisión de CFDI´s.
La ejecución de lo anterior no implicará responsabilidad alguna para SpotMe ni constituirá asunción de obligación directa frente al Depositante, tratándose únicamente de una medida operativa de gestión de pagos dentro del Sitio.
5.6 Derecho de cancelación.
La Cancelación ejercida por cualquiera de las partes conforme al presente apartado constituye un derecho contractual y no dará lugar al pago de indemnización, daños, perjuicios, lucro cesante, pérdida de oportunidad ni compensación alguna entre las partes, sin perjuicio de las obligaciones pendientes de cumplimiento al momento de la terminación.
6. Políticas de Pago.
El Anfitrión designa a SpotMe como su agente de cobranza (mandatario), de conformidad con el artículo 2546 y demás aplicables del Código Civil Federal, para efectos de llevar a cabo (i) la promoción del Anuncio para autoalmacenaje u otra figura a celebrarse a través del Sitio y (ii) la cobranza de la Contraprestación al Depositante.
El presente mandato tiene carácter limitado y exclusivamente operativo, no implica representación para negociar condiciones contractuales entre Usuarios ni otorga facultades para modificar acuerdos celebrados entre ellos.
Sin perjuicio de la naturaleza civil del mandato limitado descrito en este apartado, las Partes reconocen que, para efectos fiscales, SpotMe presta servicios digitales de intermediación a través del Sitio. En consecuencia, cuando SpotMe cobre y procese pagos de Contraprestación por cuenta de Usuarios oferentes, SpotMe podrá efectuar las Retenciones de IVA y/o ISR que resulten procedentes, así como enterarlas, emitir los comprobantes correspondientes y presentar la información requerida por autoridad competente, conforme a la legislación fiscal aplicable.
El Precio del Espacio será determinado exclusivamente por el Anfitrión. No obstante, la forma en que dicho Precio se muestre en el Sitio (con IVA desglosado de manera expresa) podrá ajustarse por SpotMe conforme a las disposiciones fiscales aplicables y a criterios operativos del Sitio, sin que ello implique modificación del Precio base pactado por el Anfitrión.
Una vez que el Anfitrión confirme la Solicitud de Autoalmacenaje, el Depositante se obliga a pagar al Anfitrión el monto del Precio del Espacio mostrado en el Anuncio más el IVA (la "Contraprestación"). Si el Depositante y el Anfitrión han acordado un plazo forzoso de vigencia, el Precio del Espacio podrá incluir un descuento durante dicho periodo. La Contraprestación deberá pagarse por mes adelantado durante la vigencia del Autoalmacenaje o figura a celebrarse. En cuanto a la Contraprestación correspondiente al plazo forzoso, según lo acordado entre las Partes, podrá ser pagada por adelantado, ya sea de forma parcial y mensual, o bien en su totalidad para el plazo forzoso.
Para efectos operativos, contables y fiscales, las Partes están de acuerdo con que cada periodo mensual de la Contraprestación corresponderá a meses calendario completos, comprendidos del día primero al último día natural de cada mes, con independencia de la fecha específica de inicio de la ocupación del Espacio, aplicando en su caso los ajustes proporcionales únicamente respecto del periodo inicial conforme a lo previsto en la Sección de Facturación del presente Anexo.
Con independencia de la Fecha de Inicio de la vigencia del autoalmacenaje o figura a celebrarse, la primera Contraprestación deberá pagarse al momento en que el Anfitrión confirme la Solicitud de Autoalmacenaje.
El Depositante otorga su consentimiento expreso para que se realicen cargos automáticos y periódicos en su cuenta bancaria, de acuerdo con los montos y las fechas acordadas en este Anexo. En caso de que el autoalmacenaje o figura a celebrarse esté sujeto a un plazo forzoso, el cargo automático se efectuará de acuerdo con dicho plazo y aplicando el descuento sobre el Precio del Espacio que haya sido otorgado por el Anfitrión. Una vez finalizado el plazo forzoso, el pago se ajustará al Precio del Espacio sin descuento.
No obstante lo anterior, en los casos previstos en la Sección 7.2 del presente Anexo relativos a ocupaciones menores a un mes calendario, y siempre que exista certeza previa respecto del periodo efectivo de ocupación conforme a lo ahí señalado, los cargos automáticos podrán ajustarse para reflejar exclusivamente el monto correspondiente a dicho periodo, evitando la generación de cargos por meses completos no devengados.
Dicho consentimiento permanecerá vigente mientras exista una relación activa o adeudos pendientes derivados del autoalmacenaje o figura a celebrarse, incluyendo penas convencionales, ajustes, cargos por no desocupación o cualquier otra cantidad exigible conforme a este Anexo.
Todos los pagos por conceptos de Contraprestación y otras cantidades a ser realizadas por el Depositante de conformidad con este Anexo y los Términos y Condiciones, deberán realizarse en Pesos (moneda oficial de los Estados Unidos Mexicanos).
El Depositante se obliga a no iniciar devoluciones, contracargos o disputas ante la institución emisora de su medio de pago de manera abusiva, improcedente o de mala fe cuando exista una obligación válida y exigible conforme a este Anexo.
En caso de que el Depositante inicie un proceso de aclaración o contracargo, se obliga a cooperar de buena fe en el procedimiento de investigación correspondiente, proporcionando la información y documentación que le sea razonablemente solicitada. En todos los casos de contracargo, reversión o disputa, las Tarifa de Procesamiento asociadas a la operación original no serán recuperables, por lo que el Anfitrión reconoce que dichas tarifas forman parte del riesgo inherente al uso de servicios de procesamiento de pagos.
Lo anterior no limitará el derecho del Depositante a reportar cargos no reconocidos o fraudulentos cuando exista causa legítima conforme a la normativa aplicable y a las reglas del proveedor de pagos.
En caso de que un contracargo resulte improcedente conforme a la resolución del proveedor de pagos, el Depositante deberá reembolsar las cantidades revertidas, así como las comisiones y gastos asociados.
En caso de que el Depositante haga algún pago al Anfitrión por medio distinto al establecido en este apartado, el mismo se tomará como no pagado y SpotMe tendrá derecho a cobrar al Depositante una pena convencional equivalente al 100% (cien por ciento) del monto del pago efectuado por medio distinto.
El pago realizado por el Depositante a través de SpotMe (en calidad de agente de cobranza) se considerará como si se hubiera realizado directamente al Anfitrión, por lo que, la obligación de SpotMe de enterar al Anfitrión los Recursos está sujeta y supeditada a la recepción efectiva, confirmación y no reversión del pago del Depositante. SpotMe no garantiza al Anfitrión el pago de importes que no haya recibido correctamente del Depositante.
SpotMe no garantiza al Anfitrión el pago de importes que hayan sido objeto de devolución, contracargo, disputa bancaria o reversión por parte del proveedor de pagos o de la institución financiera.
Al aceptar su designación como agente de cobranza limitado del Anfitrión, SpotMe no asume responsabilidad alguna por acciones u omisiones del Depositante.
SpotMe no interviene como parte en el acuerdo celebrado entre el Anfitrión y el Depositante, solo actúa como agente de cobranza del Anfitrión, con el objetivo limitado de cobrar al Depositante los pagos del Anfitrión, en relación con el autoalmacenaje o figura a celebrarse.
SpotMe acepta pagos por Visa, Visa Débito, MasterCard, Maestro y American Express a través de la plataforma de pagos Stripe mediante el uso de tarjetas de crédito o débito. Las tarjetas bancarias estarán sujetas a comprobaciones y autorizaciones por parte de la entidad emisora. Mediante el uso de su tarjeta de crédito o débito, el Depositante confirma que la tarjeta es suya y que cuenta con fondos suficientes o crédito disponible para cubrir los cargos.
El Depositante acepta expresamente que los pagos que realice sean procesados por medio de la plataforma de pago Stripe, para lo cual, el Depositante reconoce haber consultado y se obliga a consultar periódicamente los términos y condiciones de uso y el aviso de privacidad del proveedor de procesamiento de pagos Stripe disponible en el sitio web https://stripe.com/mx. La plataforma de pago Stripe es independiente de SpotMe y su finalidad es facilitar una transacción segura y ágil entre los Usuarios. El Depositante será redireccionado a la plataforma de pago de Stripe, que únicamente le indicará a SpotMe si el pago se ha producido. SpotMe no recaba ni almacena datos bancarios del Depositante, por lo que el Depositante libera a SpotMe de toda responsabilidad con respecto al trámite y gestión de pago que al efecto realice el Depositante a través de la plataforma de pago SpotMe, así como de la recolección y tratamiento de los datos personales de carácter financiero y patrimonial que el Depositante proporcione a Stripe para efectuar el pago correspondiente.
SpotMe no interviene en los procesos de autorización, rechazo, reversión, bloqueo, investigación o cancelación que realice Stripe o la institución financiera emisora.
El Anfitrión y el Depositante reconocen y aceptan que todos los pagos realizados a través de la plataforma de pagos Stripe -incluyendo, sin limitar, la Contraprestación, el Depósito en Garantía, penalizaciones y cualquier otro cargo adicional, accesorio o extraordinario- estarán sujetos al cobro de una tarifa por procesamiento (la “Tarifa de Procesamiento”), equivalente a un porcentaje del monto total de cada operación. Dicho porcentaje será determinado por las tarifas vigentes de Stripe.
Para efectos de lo anterior, las Partes reconocen que: (i) tratándose de la Contraprestación por el uso del Espacio, la Tarifa de Procesamiento será cubierta por el Anfitrión y podrá ser descontada de los montos procesados conforme a lo previsto en el presente Anexo; y (ii) tratándose del Depósito en Garantía y de cualquier cargo adicional, accesorio o extraordinario distinto de la Contraprestación -incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, tarjetas de acceso, llaves, reposición de dispositivos u otros conceptos similares-, la Tarifa de Procesamiento será trasladada al Depositante y adicionada al monto correspondiente, entendiéndose que dichos conceptos se fijan como montos netos a recibir por el Anfitrión. En consecuencia, el Depositante se obliga a cubrir, junto con el monto de dichos conceptos, la Tarifa de Procesamiento aplicable, sin que ello implique un ingreso adicional para el Anfitrión.
El Anfitrión autoriza expresamente a SpotMe para que, de la Contraprestación cobrada en su carácter de agente de cobranza, descuente (i) la Tarifa de Servicios que tenga derecho a percibir; (ii) la Tarifa de Procesamiento que corresponda; y, en su caso, (iii) las Retenciones de IVA y/o ISR que SpotMe deba efectuar cuando así proceda conforme a la legislación fiscal vigente, al régimen fiscal del Anfitrión y a la naturaleza de la operación realizada.
El Anfitrión reconoce y acepta que los recursos netos a transferir (los “Recursos”) podrán verse disminuidos por los conceptos antes señalados. SpotMe transferirá al Anfitrión el saldo restante una vez efectuados dichos descuentos.
Asimismo, SpotMe pondrá a disposición del Anfitrión los comprobantes fiscales digitales y/o constancias de retención que correspondan conforme a las disposiciones fiscales aplicables, dentro de los plazos y en los términos previstos por la normativa vigente.
Las Retenciones que procedan conforme a la legislación fiscal aplicable serán efectuadas por SpotMe con carácter obligatorio y no estarán sujetas a autorización adicional del Anfitrión, quien reconoce que dichas retenciones derivan de disposiciones fiscales imperativas. Las Retenciones de ISR y/o IVA que resulten aplicables se calcularán sobre los ingresos efectivamente percibidos por el Anfitrión a través del Sitio, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, cuando así lo disponga la legislación fiscal vigente.
Asimismo, el Anfitrión autoriza a SpotMe a descontar cualquier otra cantidad que el Anfitrión adeude a SpotMe conforme a estos Términos y Condiciones, incluyendo compensaciones derivadas de contracargos, reembolsos o penalidades.
Los Recursos serán depositados directamente en la cuenta bancaria del Anfitrión dentro de los 15 (quince) días posteriores a la fecha en que se haya recibido el pago de la Contraprestación por parte del Depositante.
SpotMe podrá ampliar dicho plazo cuando existan revisiones de seguridad, investigaciones de pago, alertas de fraude, contracargos o validaciones adicionales por parte del proveedor de pagos.
La tarifa que tendrá derecho a cobrar SpotMe al Anfitrión como remuneración por la prestación de los Servicios será equivalente a la cantidad que resulte de aplicar las tasas porcentuales que a continuación se indican según el rango del monto de la Contraprestación antes de IVA (la "Tarifa de Servicios"):
| Tasa Porcentual | Rango del Monto de la Contraprestación (antes de IVA) expresado en pesos moneda nacional (MXN) |
|---|---|
| 25% | De $0 a $4,999 |
| 24% | De $5,000 a $9,999 |
| 23% | De $10,000 a $14,999 |
| 20% | De $15,000 a $19,999 |
| 17% | De 20,000 a $24,999 |
| 15% | De $25,000 en adelante |
A la cantidad que resulte por concepto de Tarifa de Servicios se le adicionará el IVA correspondiente.
SpotMe se reserva el derecho de actualizar, modificar o reemplazar en cualquier momento la estructura y/o forma de determinación de la Tarifa de Servicios incluyendo, sin limitar, las tasas porcentuales y rangos, mediante la publicación de actualizaciones y/o cambios en el Sitio. Es responsabilidad del Anfitrión consultar el Sitio periódicamente para enterarse de cualquier cambio. El uso continuado de los Servicios de SpotMe constituye el consentimiento tácito por parte del Anfitrión respecto a dichos cambios.
SpotMe, a través de su cuenta asociada en Stripe, le transferirá al Anfitrión los Recursos a la cuenta bancaria registrada en su Cuenta SpotMe, lo cual reconoce y acepta expresamente el Anfitrión. Es responsabilidad del Anfitrión registrar su cuenta bancaria para recibir pagos de forma correcta. SpotMe no se hará responsable de errores derivados al registro de dicha cuenta para recibir pagos y el Anfitrión acepta toda la responsabilidad de ingresar los datos correctos para recibir los pagos.
En ciertas ocasiones, puede existir un retraso en las transferencias dependiendo si la fecha de pago cae en fin de semana o por cuestiones de sistema de transferencias, sin embargo, si el Usuario no recibe el pago después del periodo indicado anteriormente, puede enviar un correo electrónico a contacto@spotme.mx y su caso será atendido por SpotMe.
En caso de sospecha de fraude, comportamiento inusual, posible actividad ilícita o riesgo financiero, SpotMe podrá:
(i) retener temporalmente fondos;
(ii) suspender transferencias;
(iii) cancelar pagos;
(iv) revertir operaciones cuando sea operativamente posible;
(v) compensar cantidades adeudadas con fondos pendientes de entrega; y/o
(vi) requerir información o documentación adicional al Usuario.
Si como resultado de una investigación se determina fraude o riesgo elevado, SpotMe podrá cancelar el pago y devolver los fondos al Depositante sin responsabilidad frente al Anfitrión.
En ningún caso SpotMe será responsable por pérdidas derivadas de contracargos, devoluciones bancarias, fraude con medios de pago o fallas imputables al proveedor de procesamiento o a la institución financiera. El Anfitrión reconoce que asume el riesgo comercial de falta de pago definitiva cuando el proveedor de pagos determine la reversión de fondos.
SpotMe podrá ejercer compensación automática entre cantidades que el Anfitrión adeude y montos pendientes de transferir, sin necesidad de autorización adicional.
7. Facturación.
Los Usuarios reconocen y aceptan que la emisión y entrega de la factura en favor del Depositante por el importe de la Contraprestación más el IVA que en su caso corresponda, será obligación exclusiva del Anfitrión. La factura debe cumplir con los requisitos establecidos en la legislación vigente.
El Sitio habilitará una funcionalidad mediante la cual el Depositante podrá indicar, respecto de cada operación, si requiere la emisión de CFDI, así como el uso fiscal correspondiente. En caso de que el Depositante no seleccione dicha opción o no proporcione la información fiscal requerida, el Anfitrión podrá emitir el CFDI correspondiente como operación celebrada con público en general, conforme a la normativa fiscal aplicable y dentro de los plazos legales correspondientes.
SpotMe no emite, valida, corrige ni supervisa los CFDI que emita el Anfitrión al Depositante, por lo que cualquier aclaración, cancelación, sustitución, complemento o ajuste del CFDI deberá ser atendido directamente por el Anfitrión, bajo su exclusiva responsabilidad.
En caso de que el Anfitrión no emita el CFDI, lo emita con errores, lo emita fuera de plazo, o lo cancele indebidamente, SpotMe no asumirá responsabilidad alguna frente al Depositante ni frente a autoridades fiscales, sin perjuicio de que SpotMe pueda aplicar medidas operativas conforme a estos Términos y Condiciones.
SpotMe estará obligado legalmente a emitir en favor del Anfitrión la factura por el monto equivalente a la Tarifa de Servicios y la Tarifa de Procesamiento correspondiente, más el IVA correspondiente. Para la correcta emisión de la factura, SpotMe solicitará al Anfitrión la información exigida para su emisión por la legislación fiscal vigente.
SpotMe emitirá el CFDI correspondiente por la Tarifa de Servicios y, en su caso, la Tarifa de Procesamiento, dentro del mismo mes calendario en que dichas tarifas sean efectivamente cobradas o retenidas, conforme a la legislación fiscal aplicable.
El Anfitrión reconoce y acepta que será el único responsable de proporcionar a SpotMe información fiscal completa, vigente y correcta para la emisión del CFDI correspondiente. En caso de inconsistencias, errores, cancelaciones solicitadas fuera de plazo, restricciones del SAT o imposibilidad técnica/operativa para emitir o corregir el CFDI por causas imputables al Anfitrión, SpotMe no será responsable por daños, pérdidas, rechazos, multas o consecuencias fiscales.
El Anfitrión reconoce que la Tarifa de Servicios y la Tarifa de Procesamiento se causan y son exigibles por la prestación del Servicio y/o por el procesamiento del pago, respectivamente, con independencia de (i) la emisión o entrega del CFDI del Anfitrión al Depositante, (ii) disputas entre Usuarios, o (iii) la utilización o no del Espacio, salvo reembolsos procesados conforme a este Anexo.
El Anfitrión se obliga a emitir y entregar al Depositante el CFDI correspondiente por la Contraprestación en los siguientes plazos: (i) tratándose de operaciones activas recurrentes, dentro de los primeros 10 (diez) días naturales de cada mes, respecto de la Contraprestación correspondiente al mes en curso; y (ii) tratándose de nuevas operaciones, dentro de los primeros 5 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de cobro de la Contraprestación, o en un plazo menor cuando el cierre del mes calendario ocurra antes de dicho plazo.
En caso de reembolsos derivados de cancelaciones u otros ajustes, el Anfitrión se obliga a emitir el CFDI de egreso (nota de crédito) correspondiente dentro del mismo mes calendario en que se haya efectuado la cancelación o determinado el ajuste.
Para efectos de consistencia fiscal, los reembolsos realizados deberán corresponderse con la emisión del CFDI de egreso (nota de crédito) respectivo, el cual deberá estar debidamente relacionado con el CFDI de ingreso original conforme a la normativa fiscal aplicable. La falta de emisión o relación correcta del CFDI será responsabilidad exclusiva del Anfitrión.
El Anfitrión reconoce y acepta que, además de la emisión de los CFDI de ingresos y/o egresos correspondientes, deberá cumplir con las obligaciones de carga y disponibilidad de documentación fiscal y comprobantes de pago en el Sitio en términos de la Sección 7.4 del presente Anexo, como parte integral del cumplimiento fiscal y operativo dentro de la plataforma.
7.1 Reporte de pagos y sincronía operativa.
Con el fin de mantener sincronía entre los pagos procesados, la facturación y el calendario operativo, dentro de los primeros 3 (tres) días naturales de cada mes, SpotMe pondrá a disposición del Anfitrión un reporte de los pagos realizados por los Depositantes correspondiente a las operaciones vigentes, identificado por cada operación individual.
Adicionalmente, dentro de los 3 (tres) días naturales siguientes a su ocurrencia, SpotMe pondrá a disposición del Anfitrión un reporte de las nuevas contrataciones y operaciones que se inicien durante el mes, con el mismo nivel de desglose.
Estos reportes tendrán como finalidad facilitar la emisión correcta y oportuna de los CFDI, mantener alineados los pagos procesados con la facturación por mes adelantado y permitir al Anfitrión validar su cumplimiento fiscal y contable. En dichos reportes se indicará expresamente qué Depositantes han manifestado requerir la emisión de CFDI.
7.2 Calendario operativo y de facturación.
Todas las operaciones celebradas entre el Anfitrión y el Depositante se facturan por mes adelantado, mediante la emisión del CFDI correspondiente al periodo mensual en curso, entendiéndose que cada periodo mensual comprende del día primero al último día natural de cada mes calendario, con independencia de la fecha específica de inicio de la ocupación del Espacio.
Cuando el Depositante inicie la ocupación del Espacio en una fecha distinta al primer día del mes, el Anfitrión deberá emitir un CFDI proporcional inicial correspondiente al periodo comprendido entre la fecha de inicio y el último día natural del mes calendario en curso.
A partir del mes inmediato siguiente, la facturación se realizará por meses completos, comprendiendo cada periodo del día primero al último día natural del mes correspondiente, emitiéndose el CFDI mensual por mes adelantado.
No obstante lo anterior, cuando desde el inicio de la operación o con anterioridad al inicio de un nuevo periodo mensual se tenga certeza de que la ocupación del Espacio será por un periodo menor a un mes calendario, el Anfitrión podrá emitir un único CFDI de ingreso por la totalidad del periodo efectivamente contratado, sin que resulte aplicable la regla de facturación por mes adelantado prevista en el presente Anexo.
Para efectos de lo anterior, se considerará que existe una ocupación menor a un mes calendario, de manera enunciativa mas no limitativa, en los siguientes supuestos:
(i) cuando al momento de la confirmación de la Solicitud de Autoalmacenaje el Depositante y el Anfitrión acuerden expresamente un periodo determinado menor a un mes; o
(ii) cuando el Depositante ejerza su derecho de Cancelación con anterioridad al inicio del siguiente periodo mensual, indicando una fecha efectiva de terminación dentro de dicho periodo, siempre que dicha cancelación permita determinar, de forma anticipada, el número total de días efectivamente ocupados.
En estos casos:
(a) el Anfitrión podrá emitir un único CFDI de ingreso por el monto correspondiente al periodo efectivamente contratado u ocupado;
(b) no será necesario emitir CFDI mensuales posteriores; y
(c) no resultará aplicable la emisión de CFDI de egreso (notas de crédito) por concepto de no ocupación de periodos mensuales no devengados.
Lo anterior no será aplicable cuando ya se hubiere emitido un CFDI correspondiente a un mes completo conforme a la regla general de facturación por mes adelantado, en cuyo caso cualquier ajuste deberá realizarse mediante la emisión del CFDI de egreso correspondiente.
7.3 Actualización de datos.
Para efectos operativos y de cumplimiento, SpotMe podrá requerir periódicamente la actualización de los datos de facturación del Anfitrión, y en caso de omisión, inconsistencia o falta de respuesta, SpotMe podrá suspender transferencias, retener Recursos o limitar funcionalidades hasta que la información sea regularizada.
7.4 Carga, disponibilidad y cumplimiento en materia de CFDI y comprobantes de reembolso.
Sin perjuicio de la obligación del Anfitrión de emitir el CFDI correspondiente conforme a la legislación fiscal aplicable, el Anfitrión se obliga adicionalmente a cargar al Sitio (plataforma SpotMe), respecto de cada operación:
(i) una copia digital del CFDI de ingreso emitido a favor del Depositante por la Contraprestación;
(ii) en su caso, una copia digital del CFDI de egreso (nota de crédito) correspondiente a cualquier reembolso, devolución o ajuste aplicado a favor del Depositante; y
(iii) el comprobante bancario, acuse de transferencia o cualquier documento fehaciente que acredite la devolución efectiva de recursos al Depositante, en los supuestos de cancelación, reembolso o cualquier otro ajuste que implique la restitución de cantidades.
La carga de dicha documentación en el Sitio constituirá el mecanismo operativo de entrega y trazabilidad de los comprobantes fiscales y de pago dentro del ecosistema de la plataforma, permitiendo su consulta y descarga por parte del Depositante y, en su caso, por SpotMe para fines de validación operativa.
El Anfitrión se obliga a cargar la documentación referida en los incisos anteriores dentro de los mismos plazos previstos para la emisión del CFDI conforme al presente Anexo y, tratándose de comprobantes de reembolso, dentro de un plazo no mayor a 3 (tres) días naturales contados a partir de la fecha en que se haya realizado la devolución correspondiente.
Por su parte, SpotMe pondrá a disposición del Anfitrión, a través del Sitio, los CFDI que emita a su favor por concepto de Tarifa de Servicios, Tarifa de Procesamiento y/o cualquier otro concepto aplicable, para su consulta y descarga, entendiéndose con ello cumplida la obligación de entrega del CFDI correspondiente por parte de SpotMe.
SpotMe no valida, revisa, certifica ni garantiza la exactitud, cumplimiento fiscal o contenido de los CFDI emitidos por el Anfitrión, ni la suficiencia de los comprobantes de reembolso, siendo éste el único responsable de su correcta emisión, timbrado, cancelación, sustitución, así como de la efectiva devolución de recursos al Depositante.
En caso de que el Anfitrión incumpla con la obligación de cargar los CFDI de ingreso, CFDI de egreso y/o los comprobantes de reembolso en el Sitio dentro de los plazos establecidos, SpotMe podrá, a su sola discreción y como medidas operativas de cumplimiento:
(i) retener temporalmente los Recursos pendientes de transferencia hasta en tanto el Anfitrión subsane el incumplimiento;
(ii) suspender transferencias futuras derivadas de nuevas operaciones;
(iii) limitar la visibilidad o desactivar temporalmente los Anuncios asociados al Anfitrión;
(iv) aplicar una penalización equivalente al 10% (diez por ciento) del monto de cada CFDI o reembolso no documentado oportunamente, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual podrá ser compensada contra Recursos pendientes de transferencia;
(v) requerir información o documentación adicional para verificar el cumplimiento del Anfitrión; y/o
(vi) suspender o cancelar la Cuenta SpotMe del Anfitrión en caso de incumplimientos reiterados o sistemáticos.
Para efectos de lo anterior, se considerará incumplimiento reiterado cuando el Anfitrión omita cargar cualquiera de los documentos antes señalados en más de 2 (dos) ocasiones dentro de un periodo de 3 (tres) meses calendario.
El Anfitrión autoriza expresamente a SpotMe para compensar cualquier penalización, monto retenido o cantidad adeudada conforme al presente apartado contra los Recursos que tenga derecho a recibir a través del Sitio, sin necesidad de autorización adicional.
Las medidas previstas en este apartado tienen carácter estrictamente operativo y de gestión de cumplimiento dentro del Sitio, sin que en ningún caso impliquen que SpotMe asuma responsabilidad fiscal, obligación de facturación frente al Depositante o carácter de autoridad verificadora.
Para efectos de claridad, el incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Sección 7.4 se regirá exclusivamente por las medidas operativas y consecuencias previstas en este apartado, sin perjuicio de que, en caso de incumplimientos reiterados, sistemáticos o de gravedad relevante que generen un riesgo operativo, legal o reputacional para SpotMe, puedan actualizarse adicionalmente los supuestos previstos en la Sección 21 del presente Anexo.
8. Acceso al Espacio.
Como parte de las restricciones y condiciones establecidas en el Anuncio, el Anfitrión debe establecer los días y horarios en que el Depositante puede acceder al Espacio. En algunos casos, el Anfitrión podrá proporcionar al Depositante los medios para un acceso ilimitado (por ejemplo: llave, tarjeta o control de acceso). El Depositante debe contactar al Anfitrión con al menos 24 (veinticuatro) horas de anticipación para solicitar acceso al Espacio, a menos que se especifique lo contrario en el Anuncio o en un acuerdo escrito entre el Anfitrión y el Depositante.
Salvo que se señale lo contrario en el Anuncio, el Anfitrión debe proporcionar un acceso razonable al Espacio a petición del Depositante, por lo que se obliga a responder de manera oportuna a cualquier solicitud de acceso por parte del Depositante. Es responsabilidad del Depositante precisar las personas que tendrán acceso al Espacio y en consecuencia a los bienes en autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse, en el entendido de que el Anfitrión permitirá el acceso a dichas personas previa identificación.
El Anfitrión podrá implementar medidas de control de acceso adicionales tales como registros de ingreso, bitácoras, validaciones de identidad, cámaras de videovigilancia, sistemas electrónicos de acceso o cualquier otro mecanismo razonable de seguridad, siempre que dichas medidas no contravengan la legislación aplicable en materia de datos personales.
El Anfitrión, por sí mismo o con el apoyo de las autoridades competentes, puede entrar al Espacio sin necesidad de previo aviso y autorización del Depositante, bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: (i) si se tiene sospecha sobre una emergencia o evento que pueda poner el Espacio o los bienes en peligro; (ii) si existe sospecha de comisión de actividades delictivas en el Espacio; (iii) en caso de reparación o mantenimiento al Espacio conforme a los presentes Términos y Condiciones; y (iv) en los demás casos previstos en estos Términos y Condiciones.
El Depositante reconoce que el acceso al Espacio podrá verse temporalmente restringido cuando existan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito, disposiciones de autoridad, emergencias, inspecciones oficiales, aseguramientos, clausuras temporales, revisiones administrativas o cualquier otra circunstancia ajena al control razonable del Anfitrión. En tales casos, el Anfitrión no será responsable por daños indirectos, pérdidas de negocio o lucro cesante.
SpotMe no interviene en la entrega física del Espacio, en la administración de llaves, dispositivos de acceso o controles de seguridad, ni supervisa el acceso al mismo, por lo que no asume responsabilidad alguna respecto del ingreso, permanencia o retiro de personas o bienes del Espacio.
El acceso al Espacio no implica, en ningún caso, transferencia de posesión jurídica a favor de SpotMe, ni constituye depósito, custodia o guarda por parte de SpotMe bajo figura jurídica alguna.
9. Transporte de los Bienes.
El Anfitrión no está obligado a transportar, cargar, descargar o manejar los bienes objeto de autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse y, en caso de hacerlo, el Anfitrión reconoce y acepta que lo hace bajo su propio riesgo.
En caso de que el Anfitrión, por cortesía o apoyo logístico, participe en el traslado, carga, descarga o manipulación de los bienes del Depositante, dicha actuación no constituirá contrato de transporte, depósito, custodia profesional ni prestación de servicios adicionales distintos al autoalmacenaje, salvo que exista acuerdo expreso y por escrito entre las partes.
El Depositante será el único responsable de contratar, coordinar y supervisar cualquier servicio de transporte externo, incluyendo mudanzas, paquetería o logística, así como de verificar que dichos terceros cuenten con las autorizaciones, seguros y permisos necesarios conforme a la legislación aplicable.
SpotMe no participa en el transporte, manipulación, embalaje, custodia, entrega o recepción física de los bienes, ni recomienda transportistas específicos, por lo que no asume responsabilidad alguna por pérdidas, daños, retrasos, extravíos, robos o cualquier otro evento que ocurra durante el traslado de los bienes hacia o desde el Espacio.
El riesgo sobre los bienes corresponderá exclusivamente al Depositante durante su traslado y hasta el momento en que queden efectivamente ubicados dentro del Espacio conforme a lo pactado con el Anfitrión, así como al momento de su retiro.
10. Cuidado del Espacio.
El Depositante debe conservar el Espacio limpio y en buen estado de uso, utilizándolo únicamente conforme a su destino y a las condiciones pactadas en el Anuncio y en el presente Anexo.
El Depositante será responsable de los daños que ocasione al Espacio y a otros espacios o bienes de terceras personas, ya sea por culpa o por negligencia propia o de cualquier persona autorizada por el Depositante para ingresar al Espacio, incluyendo empleados, familiares, invitados, proveedores, transportistas o cualquier tercero que acceda al Espacio por instrucción o tolerancia del Depositante, en cuyo caso, la reparación del daño consistirá, a elección del Anfitrión o de las terceras personas afectadas, según sea el caso, en la reparación o restitución del Espacio y de los otros espacios o bienes de terceras personas, según corresponda, cuando ello sea posible, o en el pago de los daños y perjuicios, con independencia de que el Anfitrión o las terceras personas afectadas ejerzan las acciones legales a que haya lugar.
La responsabilidad del Depositante será de carácter directo e ilimitado respecto de los daños materiales, estructurales, eléctricos, hidráulicos, ambientales o de cualquier otra naturaleza que deriven del uso del Espacio o de los bienes introducidos en el mismo, incluyendo daños a áreas comunes, instalaciones generales o bienes de terceros dentro del inmueble donde se ubique el Espacio.
En caso de que el daño genere gastos inmediatos, necesarios y comprobables de reparación, mantenimiento urgente, limpieza especializada, intervención técnica o atención de emergencias, el Depositante deberá cubrir dichos costos dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la notificación formal que le sea realizada a través del Sitio o mediante correo electrónico dirigido a la dirección registrada en su Cuenta SpotMe.
La notificación deberá acompañarse de la documentación razonablemente disponible que acredite el daño y su costo estimado, incluyendo presupuestos, cotizaciones, facturas o reportes técnicos, según corresponda.
En caso de que el costo definitivo no pueda determinarse de inmediato, el Anfitrión podrá exigir el pago con base en un presupuesto o cotización razonable, quedando obligado a entregar posteriormente la comprobación final del gasto.
Lo anterior será sin perjuicio de las acciones legales que correspondan y sin que ello limite el derecho del Depositante de objetar fundadamente los montos dentro del mismo plazo.
El Depositante se compromete a informar inmediatamente a SpotMe y al Anfitrión sobre cualquier daño ocasionado en términos del presente apartado. Dicha notificación no limitará ni excluirá la responsabilidad del Depositante.
SpotMe no será responsable por daños ocasionados al Espacio, a bienes del Anfitrión o a terceros, derivados del uso que el Depositante haga del Espacio, ni tendrá obligación de supervisar el estado físico del mismo.
11. Reparación y mantenimiento del Espacio.
El Depositante tendrá la obligación de poner en conocimiento del Anfitrión, de manera inmediata y por escrito, sobre la necesidad de reparaciones y mantenimientos que requiera el Espacio por el desgaste y deterioro natural que resulte por el uso ordinario del Espacio. El incumplimiento de esta obligación de aviso oportuno hará responsable al Depositante por los daños adicionales que pudieran generarse como consecuencia de dicha omisión.
Todas las reparaciones y mantenimientos requeridos, sean menores o mayores, estarán a cargo y costo del Anfitrión, sin derecho a repercutir el costo de los mismos al Depositante, siempre que se trate de desgaste natural por el uso normal y adecuado del Espacio y no sean consecuencia de actos u omisiones imputables al Depositante o a terceros que ingresen al Espacio por autorización de éste.
Se considerará mal uso del Espacio cualquier utilización distinta a la permitida en los presentes Términos y Condiciones y en el Anuncio, incluyendo sobrecarga estructural, almacenamiento de bienes prohibidos, manipulación indebida de instalaciones eléctricas, hidráulicas o estructurales, así como cualquier actividad que exceda el uso ordinario del Espacio.
En caso de que las reparaciones o mantenimientos deban realizarse por mal uso del Espacio por parte del Depositante, éste deberá cubrir la totalidad de los costos correspondientes dentro del plazo que le sea notificado por el Anfitrión, sin perjuicio de la aplicación de penas convencionales, compensaciones o acciones legales que resulten procedentes.
Las reparaciones urgentes necesarias para evitar daños mayores al Espacio, a bienes de terceros o a la seguridad del inmueble podrán ejecutarse de inmediato por el Anfitrión, aun sin autorización previa del Depositante, cuando exista riesgo inminente.
SpotMe no será responsable por la ejecución, calidad, oportunidad o costo de las reparaciones o mantenimientos realizados en el Espacio, ni asumirá obligación alguna de supervisión técnica del inmueble.
12. Responsabilidad laboral y no asociación.
No existe relación laboral entre el Anfitrión y el Depositante, incluyendo los empleados u otras terceras personas relacionadas con el Anfitrión y el Depositante que puedan tener acceso al Espacio. En consecuencia, ninguna de las Partes tendrá el carácter de patrón, intermediario laboral, beneficiario de servicios, responsable solidario o sustituto respecto del personal de la otra Parte, en términos de la legislación laboral aplicable.
Por lo anterior, el Anfitrión y el Depositante, respectivamente, asumen de manera exclusiva la responsabilidad derivada de la relación de trabajo que mantengan con sus empleados, contratistas, proveedores o terceros relacionados, incluyendo, sin limitar, el pago de salarios, prestaciones, cuotas de seguridad social, aportaciones al INFONAVIT, impuestos, indemnizaciones y cualquier otra obligación de carácter laboral, fiscal o de seguridad social que resulte aplicable.
Cada Parte se obliga a sacar en paz y a salvo e indemnizar a la otra frente a cualquier reclamación, demanda, procedimiento administrativo o judicial, multa o sanción que derive de incumplimientos en materia laboral, de seguridad social o fiscal relacionados con su propio personal o terceros bajo su control.
Ninguno de estos Términos y Condiciones deberá interpretarse como una asociación, sociedad, asociación en participación, consorcio ni ningún otro tipo de figura asociativa entre el Anfitrión y el Depositante. Asimismo, nada de lo aquí previsto deberá interpretarse como la creación de una relación de mandato, representación, comisión mercantil o agencia entre ellos.
De igual forma, SpotMe no tendrá carácter de patrón, intermediario laboral, beneficiario de servicios ni responsable solidario respecto del Anfitrión, del Depositante o del personal de cualquiera de ellos, ni asumirá obligación alguna en materia laboral o de seguridad social derivada del autoalmacenaje o figura celebrada entre los Usuarios.
13. Seguros.
SpotMe no proporciona seguro a los Anfitriones y Depositantes. SpotMe no actúa como aseguradora, intermediario de seguros ni gestor de reclamaciones, ni ofrece cobertura alguna respecto del Espacio, los bienes objeto de autoalmacenaje o cualquier otro riesgo derivado de la relación entre Usuarios.
Los Anfitriones y Depositantes son responsables de contratar su propio seguro para cubrir los daños que puedan ocurrir al Espacio del Anfitrión o a los bienes objeto de autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse, respectivamente. Cada Usuario reconoce que asume el riesgo de pérdida, robo, daño, deterioro, incendio, inundación, caso fortuito, fuerza mayor, hechos de terceros o cualquier otro evento que afecte sus bienes o el inmueble, salvo en los casos en que exista responsabilidad directa conforme a este Anexo.
SpotMe recomienda a los Depositantes contratar un seguro para sus bienes en autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse y a los Anfitriones contratar un seguro para proteger el Espacio. La omisión de contratar seguros adecuados será responsabilidad exclusiva de cada Usuario y no generará obligación alguna para SpotMe.
Ninguna disposición de este Anexo deberá interpretarse como garantía de custodia por parte de SpotMe respecto de los bienes almacenados, ni como asunción de riesgo o responsabilidad objetiva por pérdida o daño. SpotMe no será responsable por la negativa de una aseguradora a cubrir un siniestro, por exclusiones de póliza, deducibles, límites de responsabilidad o incumplimiento de condiciones por parte del Usuario asegurado.
14. Daño o pérdida de Bienes.
El Anfitrión será responsable de los daños, pérdida o afectación de los bienes en autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse, únicamente cuando dichos daños sean consecuencia directa de culpa o negligencia atribuible al propio Anfitrión o a cualquier persona que resida o esté presente en el Espacio a petición o invitación del Anfitrión. En cuyo caso, la reparación del daño, pérdida o afectación consistirá, a elección del Depositante, en la reparación o restitución de los bienes, según corresponda, cuando ello sea posible, o en el pago de los daños y perjuicios efectivamente acreditados, con independencia de que el Depositante ejerza las acciones legales a que haya lugar.
En ningún caso se entenderá que el Anfitrión asume una obligación de resultado o de custodia absoluta respecto de los bienes almacenados, sino únicamente una obligación de diligencia razonable conforme a la naturaleza del Espacio y las medidas de seguridad ofrecidas en el Anuncio.
Para evitar controversias, se recomienda al Anfitrión y al Depositante que registren el estado inicial de los bienes objeto de autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse, mediante fotografías, inventarios u otros medios verificables. El Anfitrión se compromete a informar inmediatamente a SpotMe y al Depositante sobre cualquier daño, pérdida o afectación de los bienes en autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse.
Sin menoscabo de lo anterior, el Anfitrión no será responsable por el robo, hurto, daño y cualquier otro evento criminal, dañoso o que genere afectaciones a los bienes objeto de autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse, siempre y cuando el Anfitrión (i) siga los procedimientos legales establecidos, incluyendo sin limitar, presentar una denuncia de hechos ante la agencia del ministerio público competente y dar puntual seguimiento a los procesos ministeriales, o en su caso, agotar el procedimiento correspondiente ante la autoridad competente, debiendo procurar su realización de forma inmediata a la ocurrencia del evento y hacerse cargo de los gastos que resulten aplicables; (ii) firme cualquier documento necesario o solicitado por las autoridades competentes; y (iii) se demuestre que no haya contribuido dolosamente o por negligencia grave al robo, hurto, daño o cualquier otro evento criminal, según sea el caso.
El Anfitrión tampoco será responsable por daños derivados de caso fortuito o fuerza mayor, fenómenos naturales, actos de autoridad, disturbios, vandalismo de terceros ajenos a su control razonable, fallas generales de servicios públicos o cualquier evento que no sea razonablemente imputable a su conducta.
SpotMe no será responsable, en ningún caso, por daños, pérdida o afectación de bienes almacenados, ya que no tiene posesión, custodia ni control material sobre los mismos, limitándose su intervención a la operación tecnológica de la Plataforma y, en su caso, a la función de agente de cobranza en los términos de este Anexo.
SpotMe podrá, a su entera discreción razonable y cuando sea operativamente posible conforme a los procesos del proveedor de pagos y siempre que los fondos no hayan sido definitivamente transferidos o resulten susceptibles de retención o compensación, retener pagos al Anfitrión o cobrar de cualquier otro modo al Anfitrión y, posteriormente, enterar las cantidades que resulten al Depositante para cubrir el total o una parte del pago de los daños y perjuicios al que tenga derecho el Depositante, sin que ello implique que SpotMe asuma obligación directa de pago ni responsabilidad frente al Depositante.
Para efectos de lo anterior, SpotMe podrá requerir a las partes la entrega de evidencia mínima razonable que permita acreditar la existencia del daño y su probable imputabilidad, incluyendo fotografías, reportes, comunicaciones, presupuestos o cualquier otro elemento disponible, sin que ello implique que SpotMe actúe como autoridad, perito, árbitro o instancia jurisdiccional.
La determinación que, en su caso, adopte SpotMe tendrá carácter exclusivamente operativo y precautorio, no constituirá resolución definitiva sobre responsabilidad civil, y no impedirá que las partes acudan a las vías legales correspondientes para la determinación final de sus derechos y obligaciones.
15. Uso del Espacio.
Queda expresamente prohibido el uso del Espacio para cualquier otro fin que no sea el autoalmacenaje de bienes o ingreso de bienes al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse, de procedencia lícita y respecto de los cuales el Depositante tenga legítima propiedad o derecho de disposición, incluyendo, sin limitar, utilizar el Espacio contratado como (i) oficina, recibidor o cualquier otro de permanencia habitual; (ii) domicilio comercial, convencional o fiscal; (iii) lugar o centro de trabajo; (iv) lugar para la prestación de servicios; y (v) lugar para recibir correspondencia.
El Depositante tendrá prohibido contratar o instalar en el Espacio cualquier tipo de servicios públicos tales como agua, luz, teléfono o gas. El Depositante tendrá prohibido llevar a cabo reparaciones, mantenimientos, transformaciones, ensamblajes, desmantelamientos o cualquier clase de trabajo sobre los bienes en autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse.
El Depositante declara y garantiza que los bienes que ingrese al Espacio no están vinculados a actividades ilícitas, investigaciones penales, procedimientos administrativos sancionadores ni sujetos a aseguramiento, decomiso o medida cautelar alguna por autoridad competente.
Queda estrictamente prohibido utilizar el Espacio para ocultar, resguardar, transferir, comercializar o facilitar bienes relacionados directa o indirectamente con conductas tipificadas como delito, incluyendo operaciones con recursos de procedencia ilícita, encubrimiento, contrabando, tráfico de bienes prohibidos o cualquier otra actividad sancionada por la legislación mexicana.
Salvo que exista autorización previa y por escrito del Anfitrión, el Depositante no podrá realizar modificaciones o alteraciones de ningún tipo al Espacio incluyendo, sin limitar, eléctricas o visuales, ya sea de interiores o de exteriores. A menos que el Anfitrión y el Depositante pacten lo contrario por escrito, cualquier modificación o alteración al Espacio que sea autorizada por el Anfitrión correrá a cargo y cuenta del Depositante y al terminar la vigencia del autoalmacenaje o de la figura a celebrarse las mismas quedarán a beneficio del Espacio, sin que el Anfitrión tenga la obligación de pagar cantidad alguna por las mismas.
El Depositante debe cumplir con las instrucciones razonables del Anfitrión en cuanto al lugar donde pueden depositarse los bienes objeto del autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier otra figura a celebrarse.
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente apartado constituirá una Causa de Rescisión del Depositante y facultará al Anfitrión para dar aviso inmediato a las autoridades competentes cuando exista presunción razonable de actividad ilícita, sin que ello genere responsabilidad para el Anfitrión ni para SpotMe.
SpotMe no tiene obligación de supervisar el uso material del Espacio ni de inspeccionar los bienes almacenados, por lo que cualquier responsabilidad derivada del uso indebido del Espacio recaerá exclusivamente en el Depositante.
16. Bienes prohibidos.
Queda expresamente prohibido el autoalmacenaje o el ingreso de los siguientes bienes dentro del Espacio:
• Mercancías o elementos de origen ilícito o que sean producto, instrumento o consecuencia de delitos;
• Mercancías de contrabando o ingresadas ilegalmente al país;
• Sustancias ilegales o de prohibida tenencia, distribución o movilización dentro del país;
• Productos inflamables, corrosivos, explosivos, tóxicos, radioactivos o patógenos;
• Pinturas, disolventes, productos químicos, cilindros de gas u otras sustancias peligrosas;
• Pesticidas u otros productos químicos tóxicos;
• Armas de cualquier tipo o naturaleza, lo mismo que municiones, pólvora o similares;
• Alimentos perecederos, orgánicos y productos alimenticios no enlatados;
• Animales o plantas vivas, de cualquier especie;
• Bienes vinculados directa o indirectamente con investigaciones penales, procedimientos administrativos sancionadores, aseguramientos, decomisos o medidas cautelares dictadas por autoridad competente;
• Recursos, activos o bienes que puedan estar relacionados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo o cualquier otra conducta tipificada por la legislación penal mexicana;
• Cualquier otro bien que sea prohibido por la ley; y
• En general, cualquier bien que pueda afectar al Espacio o que haya sido expresamente prohibido por el Anfitrión en el Anuncio del Espacio.
El Depositante declara bajo protesta de decir verdad que ninguno de los bienes que ingrese al Espacio se encuentra dentro de las categorías anteriores y que cuenta con la legítima propiedad o derecho de disposición sobre los mismos.
En caso de que se detecte la presencia de bienes prohibidos, el Anfitrión podrá rescindir de inmediato el autoalmacenaje o figura a celebrarse, dar aviso a las autoridades competentes y adoptar las medidas necesarias para proteger el Espacio, sin que ello genere responsabilidad para el Anfitrión ni para SpotMe.
El Depositante será el único responsable por cualquier consecuencia legal, administrativa, fiscal o penal derivada del ingreso de bienes prohibidos al Espacio, obligándose a sacar en paz y a salvo e indemnizar al Anfitrión y a SpotMe por cualquier reclamación, procedimiento o daño que se origine con motivo de dicho incumplimiento.
17. Extinción de Dominio y Actividades Ilícitas.
El Depositante manifiesta bajo protesta de decir verdad que el uso que dará al Espacio será exclusivamente para fines lícitos y conforme a lo establecido en los presentes Términos y Condiciones y en este Anexo. Asimismo, declara que no destinará el Espacio, ni total ni parcialmente, a actividades ilícitas, ni permitirá que terceros lo utilicen para planificar, ejecutar, ocultar, resguardar o participar en conductas que puedan constituir delito o infracción administrativa.
El Depositante reconoce que el almacenamiento de bienes de procedencia ilícita, bienes vinculados con actividades delictivas o bienes que puedan ser objeto de aseguramiento, decomiso o medida cautelar por autoridad competente puede generar procedimientos conforme a la legislación federal o local en materia de extinción de dominio o disposiciones análogas aplicables en cualquier entidad federativa.
En consecuencia, el Depositante se obliga expresamente a:
a) No utilizar el Espacio para actividades ilícitas ni permitir que terceros lo hagan, incluyendo asociados, empleados, invitados o cualquier persona que tenga acceso al Espacio por su instrucción o autorización.
b) Sacar en paz y a salvo al Anfitrión y a SpotMe de cualquier investigación, procedimiento administrativo, aseguramiento, medida cautelar o juicio que derive de actos atribuibles al Depositante o a terceros vinculados con éste.
c) Cubrir todos los daños y perjuicios que se ocasionen al Anfitrión como consecuencia de actos ilícitos atribuibles al Depositante, incluyendo gastos legales, honorarios de abogados, peritos, costos judiciales y cualquier otro gasto razonable erogado para la defensa del inmueble o del derecho de propiedad del Anfitrión.
En caso de que, como consecuencia directa de actos atribuibles al Depositante, el inmueble sea objeto de sentencia firme de extinción de dominio o sufra pérdida total, el Depositante estará obligado a indemnizar al Anfitrión por el valor comercial del inmueble al momento de la afectación, determinado conforme a avalúo practicado por perito certificado designado exclusivamente por el Anfitrión, que cuente con cédula profesional vigente y, en su caso, registro o autorización vigente ante autoridad competente o institución reconocida en materia de valuación, a cuyo dictamen el Depositante se somete expresa, irrevocable y anticipadamente.
El avalúo deberá realizarse conforme a metodologías de valuación reconocidas en México y determinar el valor comercial del inmueble considerando sus características, ubicación, uso y condiciones al momento de la afectación. Dicho avalúo tendrá carácter definitivo y vinculante para efectos de cuantificación del daño y constituirá base suficiente para la exigibilidad del pago correspondiente.
El Depositante deberá cubrir la indemnización dentro de un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la notificación del dictamen pericial. En caso de incumplimiento, la cantidad adeudada generará intereses moratorios a una tasa anual del 18% (dieciocho por ciento), calculados sobre saldos insolutos desde la fecha en que el pago debió efectuarse y hasta su total liquidación, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan al Anfitrión.
Lo anterior es sin perjuicio del derecho del Anfitrión de rescindir de manera inmediata el autoalmacenaje o figura a celebrarse cuando existan indicios razonables de actividades ilícitas, así como de dar aviso a las autoridades competentes.
SpotMe no asume responsabilidad alguna por aseguramientos, decomisos, medidas cautelares o procedimientos de extinción de dominio derivados de actos atribuibles al Depositante o a terceros relacionados con éste.
18. Rescisión del Autoalmacenaje.
A) Causas de Rescisión atribuibles al Depositante.
En el supuesto de que cualesquiera de los siguientes eventos (cada uno, una “Causa de Rescisión del Depositante”) ocurra:
• El Depositante omita o se retrase en el pago de la Contraprestación o cualquier otra cantidad a la que se encuentre obligado conforme a los presentes Términos y Condiciones y este Anexo;
• El Depositante realice alguna declaración o proporcione información que resulte ser falsa o incorrecta, y/o presente algún documento que resulte ser falso, alterado o modificado de alguna forma;
• El Depositante omita notificar al Anfitrión y a SpotMe de cualquier cambio de información de contacto, incluyendo direcciones, números de teléfono y direcciones de correo electrónico;
• El Depositante ceda los derechos y/u obligaciones que le derivan del autoalmacenaje o figura a celebrarse, o de cualquier otro modo conceda el uso parcial o total del Espacio a terceros, sin contar con la autorización previa y por escrito del Anfitrión;
• El Depositante lleve a cabo cualquier modificación o alteración al Espacio sin contar con la autorización previa y por escrito del Anfitrión;
• El Depositante destine el Espacio para cualquier uso distinto al establecido en el apartado identificado como “Uso del Espacio”;
• El Depositante incumpla con cualquier reglamento, normatividad o ley aplicable, sea de carácter municipal, estatal o federal, que pueda afectar el Espacio o al Anfitrión;
• El Depositante incumpla con las disposiciones del régimen aplicable al inmueble donde se ubique el Espacio (por ejemplo: régimen de condominio, parque industrial, plaza comercial, etc.);
• El Depositante se oponga o impida el acceso al Anfitrión o a las personas que éste contrate para realizar reparaciones o mantenimiento;
• El Depositante incumpla cualquier otra obligación sustancial conforme a los presentes Términos y Condiciones, este Anexo o disposiciones establecidas en el Anuncio;
• La validez o exigibilidad de los presentes Términos y Condiciones sea impugnada por el Depositante, o éste niegue su responsabilidad conforme a los mismos;
• Se entable cualquier procedimiento, reclamación, queja o actuación contra el Anfitrión como resultado directo del uso del Espacio por parte del Depositante.
Entonces, el Anfitrión podrá, mediante aviso por escrito al Depositante con 7 (siete) días naturales de anticipación, rescindir el autoalmacenaje o figura a celebrarse, identificando la Causa de Rescisión del Depositante.
Transcurrido dicho plazo sin que se subsane el incumplimiento cuando ello sea materialmente posible, el autoalmacenaje o figura a celebrarse se tendrá por terminado automáticamente al séptimo día siguiente a la fecha del aviso, sin necesidad de declaración judicial, requerimiento adicional o formalidad distinta, a todo lo cual el Depositante renuncia expresamente.
La rescisión no libera al Depositante del pago de cantidades vencidas, penas convencionales, daños y perjuicios o cualquier otra obligación devengada con anterioridad a la fecha efectiva de terminación.
B) Causas de Rescisión atribuibles al Anfitrión.
En el supuesto de que cualesquiera de los siguientes eventos (cada uno, una “Causa de Rescisión del Anfitrión”) ocurra:
• El Anfitrión impida o restrinja el acceso al Espacio sin causa justificada;
• El Anfitrión proporcione información falsa o documentación alterada;
• El Anfitrión omita notificar cambios de información de contacto;
• El Anfitrión ceda derechos u obligaciones derivados del autoalmacenaje sin autorización del Depositante;
• El Anfitrión omita realizar reparaciones necesarias no imputables al Depositante;
• El Anfitrión incumpla leyes o reglamentos que afecten el uso legítimo del Espacio;
• El Anfitrión incumpla disposiciones del régimen aplicable al inmueble;
• El Anfitrión incumpla cualquier obligación sustancial conforme a los presentes Términos y Condiciones o el Anuncio;
• La validez o exigibilidad de los presentes Términos y Condiciones sea impugnada por el Anfitrión.
Entonces, el Depositante podrá, mediante aviso por escrito con 7 (siete) días naturales de anticipación, rescindir el autoalmacenaje o figura a celebrarse, identificando la Causa de Rescisión del Anfitrión.
Transcurrido dicho plazo sin subsanación cuando proceda, el autoalmacenaje se tendrá por terminado automáticamente al séptimo día siguiente a la fecha del aviso, sin necesidad de declaración judicial adicional.
C) Forma del Aviso.
El aviso de rescisión será válido siempre que se realice mediante los mecanismos habilitados en el Sitio para tal efecto. En caso de que no existan mecanismos habilitados o éstos no se encuentren disponibles por causas técnicas, el aviso podrá realizarse mediante correo electrónico dirigido a la otra parte, con copia a SpotMe a la dirección contacto@spotme.mx. El aviso se considerará recibido en la fecha de envío del mensaje electrónico, salvo prueba en contrario, y el plazo de 7 (siete) días naturales comenzará a computarse a partir del día siguiente a dicha fecha de recepción, surtiendo efectos la rescisión precisamente al séptimo día.
D) Efectos Operativos.
Una vez efectiva la rescisión:
• El Depositante dejará de estar obligado al pago de Contraprestaciones futuras.
• SpotMe dejará de procesar cobros recurrentes.
• Subsistirán las obligaciones devengadas con anterioridad.
• La desocupación del Espacio se regirá por el apartado correspondiente de este Anexo.
19. Desocupación del Espacio.
Al terminar la vigencia del autoalmacenaje o figura a celebrarse o iniciada la fecha en que surta efectos la rescisión del autoalmacenaje o figura a celebrarse, según resulte aplicable de conformidad con los apartados identificados como “Cancelación” y “Rescisión del Autoalmacenaje” del presente Anexo, el Depositante debe desocupar el Espacio por completo, lo cual implica retirar la totalidad de los bienes en autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier figura a celebrarse y dejar el Espacio limpio y en las mismas condiciones en las que fue entregado, salvo por el desgaste y deterioro natural que resulte por el uso del Espacio.
La obligación de desocupación será exigible a partir del día siguiente a aquel en que concluya la vigencia del autoalmacenaje o figura a celebrarse o surta efectos la rescisión, según corresponda.
En caso de haber concluido la vigencia del autoalmacenaje o figura a celebrarse sin que el Depositante haya desocupado el Espacio, como pena convencional por su incumplimiento, el Depositante se obliga a pagar al Anfitrión la cantidad equivalente al 100% (cien por ciento) del monto de la Contraprestación vigente, por cada mes o fracción de mes que continúe sin desocupar el Espacio, contado a partir del día siguiente al día en que el Depositante debió desocupar el Espacio y hasta que lleve a cabo dicha desocupación efectiva. El pago de la pena convencional a que se refiere este párrafo será adicional a la Contraprestación que el Depositante deberá seguir pagando por la no desocupación del Espacio, en el entendido de que dichos pagos de penas y Contraprestación que el Depositante deberá cubrir a favor del Anfitrión no significan, en forma alguna, prórroga, renovación tácita, consentimiento del Anfitrión ni constitución de una nueva vigencia del autoalmacenaje o figura a celebrarse.
Por otra parte, al haber surtido efectos el aviso de rescisión sin que el Depositante haya desocupado el Espacio, como pena convencional por su incumplimiento, el Depositante se obliga a pagar al Anfitrión la cantidad equivalente al 100% (cien por ciento) del monto de la Contraprestación vigente, por cada mes o fracción de mes que continúe sin desocupar el Espacio, contado a partir del día siguiente al día en que el Depositante debió desocupar el Espacio y hasta que lleve a cabo dicha desocupación efectiva. En el entendido de que el pago de dicha pena que el Depositante deberá cubrir a favor del Anfitrión no implica aceptación, tolerancia ni renovación contractual por parte del Anfitrión.
El Anfitrión y el Depositante reconocen y aceptan que SpotMe no tendrá ninguna obligación relacionada con la desocupación del Espacio, por lo que no será responsable del retiro de los bienes en autoalmacenaje o ingresados al Espacio bajo cualquier figura a celebrarse y/o de la entrega del Espacio limpio y en las mismas condiciones en las que fue entregado al Depositante, en virtud de que SpotMe no tiene posesión, custodia ni control físico del Espacio.
Asimismo, el Anfitrión y el Depositante están de acuerdo en que la cobranza correspondiente al pago por concepto de Contraprestación y/o pena convencional que deban cubrirse como resultado de la no desocupación del Espacio en términos del presente apartado corresponderá directamente al Anfitrión y sin la intervención de SpotMe como agente de cobranza. SpotMe no tendrá obligación ni responsabilidad alguna respecto al cobro, retención o entrega de dichas cantidades adeudadas.
20. Bienes no retirados por el Depositante.
A) Abandono de Bienes (excluyendo vehículos).
En caso de que el Depositante omita retirar la totalidad de los bienes objeto del autoalmacenaje o de cualquier figura a celebrarse, dentro de los 60 (sesenta) días naturales siguientes a la terminación de la vigencia del autoalmacenaje o de la figura a celebrarse o de la fecha en que surta efectos la rescisión del mismo, según corresponda conforme a los apartados identificados como “Cancelación” y “Rescisión del Autoalmacenaje” del presente Anexo, SpotMe, por solicitud del Anfitrión, podrá emitir un aviso de abandono al Depositante a través de los medios de contacto registrados en el Sitio, otorgándole un plazo adicional de 20 (veinte) días naturales para retirar la totalidad de los bienes.
La emisión del aviso de abandono por parte de SpotMe tendrá carácter meramente informativo y no constituirá determinación jurídica sobre la existencia de abandono en términos legales.
Transcurrido dicho plazo adicional sin que el Depositante haya retirado los bienes ni manifestado formalmente su intención de hacerlo, el Depositante reconoce y acepta que, con independencia de los pagos de penas y/o Contraprestación que deba cubrir conforme a este Anexo y los Términos y Condiciones, el Anfitrión podrá iniciar las acciones legales que estime procedentes para recuperar la posesión material del Espacio y determinar el destino jurídico de los bienes, siempre actuando conforme a la legislación aplicable.
En ningún caso este apartado deberá interpretarse como autorización para que el Anfitrión ejerza actos de autotutela, despojo, apropiación indebida o disposición unilateral de bienes en contravención a la ley.
El Depositante reconoce que, de actualizarse un supuesto de abandono conforme a resolución judicial, convenio formal o determinación legal válida, los bienes podrán ser adjudicados, dispuestos, destruidos, donados o enajenados conforme a derecho. Cualquier disposición de bienes deberá realizarse únicamente cuando exista sustento legal suficiente que así lo permita.
El Depositante será responsable de cubrir todos los gastos razonables y comprobables en que incurra el Anfitrión con motivo de almacenamiento adicional, custodia, gestiones legales, honorarios profesionales, remoción o disposición de los bienes, en la medida permitida por la legislación aplicable.
Asimismo, el Depositante renuncia a ejercer acciones en contra de SpotMe derivadas del manejo o disposición de bienes realizada directamente por el Anfitrión, en el entendido de que SpotMe no tiene posesión, custodia ni control físico sobre los bienes ni sobre el Espacio.
No obstante lo anterior, si el Depositante hubiere dejado el Espacio en las condiciones requeridas conforme al presente Anexo, se tendrá por concluido el autoalmacenaje o la figura a celebrarse, y el Depositante no estará obligado al pago de nuevas penas y/o Contraprestaciones adicionales.
El Anfitrión reconoce que deberá asesorarse con sus propios asesores legales antes de ejecutar cualquier acción relacionada con bienes no retirados, siendo exclusiva responsabilidad del Anfitrión determinar el mecanismo jurídico procedente conforme a la legislación de la entidad federativa donde se ubique el Espacio. SpotMe no será responsable por las decisiones legales, estrategias o actos que adopte el Anfitrión en relación con este apartado.
B) Abandono de Vehículos.
En caso de que el Depositante no retire un vehículo del cajón o Espacio de estacionamiento dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la terminación de la vigencia del autoalmacenaje o de la figura a celebrarse, o de la fecha en que surta efectos la rescisión del mismo, según lo estipulado en los apartados identificados como “Cancelación” y “Rescisión del Autoalmacenaje” del presente Anexo, SpotMe, por solicitud del Anfitrión, podrá emitir un aviso de abandono al Depositante a través de los medios de contacto registrados en el Sitio, otorgándole un plazo adicional de 20 (veinte) días naturales para retirar el vehículo.
La falta de retiro del vehículo no autoriza automáticamente al Anfitrión a apropiarse del mismo.
Transcurrido dicho plazo adicional sin que el vehículo haya sido retirado, el Anfitrión podrá, previa consulta con asesores legales y conforme a la normatividad aplicable en la entidad correspondiente, solicitar el retiro del vehículo mediante grúa y su traslado a un depósito autorizado o corralón público o privado, en términos de la legislación vigente.
El Depositante será el único responsable de los costos derivados del retiro, traslado, almacenamiento y custodia del vehículo, sin perjuicio de las penas o Contraprestación que deban cubrirse conforme a este Anexo y los Términos y Condiciones.
Asimismo, el Depositante autoriza expresamente al Anfitrión a notificar a las autoridades competentes sobre el abandono del vehículo y a proporcionar la información necesaria para su identificación y gestión conforme a la normatividad aplicable.
Ni el Anfitrión ni SpotMe serán responsables por daños, pérdidas o perjuicios que pudieran derivarse del retiro, traslado o custodia del vehículo cuando dichas actuaciones se realicen conforme a la legislación aplicable y por autoridades o prestadores de servicios autorizados.
SpotMe no interviene en la ejecución material del retiro del vehículo, no instruye actos de disposición y no asume responsabilidad alguna por decisiones adoptadas por el Anfitrión en relación con bienes no retirados.
Las partes reconocen que cualquier conflicto relacionado con bienes no retirados deberá resolverse exclusivamente por las vías legales correspondientes, quedando expresamente prohibido cualquier acto que pudiera configurar despojo, abuso de confianza, apropiación indebida o cualquier otra conducta ilícita. Ninguna disposición del presente Anexo deberá interpretarse como autorización para el ejercicio de autotutela o actos contrarios a la legislación aplicable.
21. Incumplimiento del Anfitrión.
En caso de que SpotMe presuma o determine, a su sola discreción razonable y con base en elementos objetivos, que un Anfitrión ha incumplido con estos Términos y Condiciones, sus Anexos, o con las leyes y reglamentos que le resulten aplicables para el autoalmacenaje o figura a celebrarse, o bien que exista riesgo operativo, financiero, reputacional o legal asociado al Anfitrión o a un Espacio, SpotMe podrá, sin necesidad de resolución judicial previa:
(i) retener temporal o definitivamente los Recursos pendientes de transferencia;
(ii) suspender o cancelar transferencias en curso;
(iii) compensar cantidades adeudadas con fondos pendientes de entrega;
(iv) desactivar o eliminar el Anuncio correspondiente;
(v) suspender o cancelar la Cuenta SpotMe del Anfitrión;
(vi) revertir operaciones cuando ello sea operativamente posible conforme al proveedor de pagos; y/o
(vii) ejercer las acciones legales que resulten procedentes.
Si el incumplimiento del Anfitrión implica que SpotMe y/o el Depositante incurran en gastos, sanciones, multas, honorarios legales, costos operativos, devoluciones, contracargos o cualquier otra erogación, el Anfitrión será responsable de pagar o restituir íntegramente a SpotMe y/o al Depositante dichas cantidades, incluyendo gastos razonables de defensa legal.
Las medidas adoptadas por SpotMe conforme al presente apartado tendrán carácter precautorio y de gestión de riesgos, y no generarán derecho a indemnización, compensación o reclamación alguna en favor del Anfitrión.
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